Resolución Nº 1235/2005
Ministerio Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios
Creación Comisión Ad-Hoc de Coordinación y Seguimiento de los Procesos de Redeterminación de Precios en el ámbito del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
Publicada: 22/09/2005
Visto el Expediente S01:0256154/2005 del Registro del Ministerio DE PLANIFCACÍON FEDERAL, INVERSION Publica Y SERVICIOS, los Decretos Nros. 1295 de fecha 10 de julio de 2002 y 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, y

CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto Nº 1295/02 se estableció que los precios de los contratos de obra pública, correspondientes a la parle faltante de ejecutar, podrán ser redeterminados a solicitud de la contratista. cuando los costos de los factores principales que los componen, hayan adquirido un valor tal que reflejen una variación promedio de esos precios; superior en un DIEZ POR CIENTÓ (10%) a los del contrato, o al precio surgido de la última redeterminación.

Que esta redeterminación de precios resulta aplicable únicamente a contratos de obra pública regidos por la Ley Nº 13064.

Que por Decreto N 1283 de fecha 24 de mayo 2003, modificatorio de la Ley de Ministerios Nº 22520, se creo el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, atribuyéndole competencia en todo lo inherente al transporte, las comunicaciones, la minería, la energía, el saneamiento, la obra pública, la vivienda, las obras de explotación y aprovechamiento sustentable de lo recursos hídricos, la actividad vial y la Planificación de la Inversión pública.

Que con motivo de coordinar los criterios de trabajo en los procesos de redeterminación de precios, en el marco del Régimen del Decreto 1295/02 y normas complementarias, llevados adelante por las Secretarías dependientes del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVRERSÍON PUBLICA y así como por los organismos descentralizados actuantes en la orbita de éste, resulte necesario crear en su ámbito, una Comisión de Coordinación y Seguimiento de los Procesos de Redeterminación de Precios, con carácter Ad Hoc.

Que las funciones ejercidas por dicha Comisión, de ningún modo resultaran incompatibles, ni significaran una intromisión en las tareas llevadas a cabo, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 10 del Decreto Nº 1295/02.

Que la creación de la Comisión. de Coordinación y Seguimiento de los Procesos de Redeterminaclón de Precios, con carácter Ad Hoc., no implica la apertura de una nueva estructura organizativa, en los términos del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Articulo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 28 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1283 de fecha 24 de mayo de 2003 y 1142 de fecha 26 de noviembrede 2003. Por ello,

El MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º

Créase en el ámbito del MINISTEIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Comisión de Coordinación y Seguimiento de los Procesos de Redeterminación de PRECIOS, con carácter Ad Hoc, con las funciones y alcances detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º

La Comisión creada por el articulo anterior, será conformada por un Presidente, un Secretario y un representante de cada una de las Secretarias y Organismos dependientes de este Ministerio que desarrollen en su ámbito procesos de redeterminación de precios, integrados a solicitud del Señor Presidente de la Comisión

ARTICULO 3º

La Presidencia de la Comisión, estaré e cargo del Sr. Subsecretario de Obras Publicas Ingeniero Don Raúl Víctor RODRIGUEZ (DNI 12.194. 236) y la
Secretaria será ejercida por la Ingeniera Doña Beatriz Hebe LOPEZ (DNI 12.960.912).

ARTICULO 4º

Dejase establecido que la presente medida no originara erogación alguna para el ESTADO NACIONAL.

ARTICULO 5º

Regístrese, comuníquese aarchívese.

Comisión de Coordinación y Seguimiento de los Procesos de Redeterminacion de Precios Funciones y Alcances.

1. Coordinar y unificar los criterios de trabajo desarrollados por las Secretarias dependientes del MINISTERIO DE PLANFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS así como de todos organismos descentralizados actuantes en la orbita del mismo, en los procesos, de Redeterminación de Precios, llevados a cabo en el marco del Régimen del Decreto Nº 1295/02.

2. Asistir al Sr. Ministro de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios en materia de Redeterminación de Precios.

3. Elevar Informes periódicos al Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, respecto del estado de avance de las redeterminaciones de precios de obras, en trámite ante este Ministerio.

4. Desarrollar y coordinar las acciones necesarias con los organismos involucrados en los términos del Articulo 8 del Decreto Nº 1295/02.

5. Desarrollar una base de datos que permite el seguimiento y control de cumplimiento de la revisión final de las redeterminaciones de precios, previa a la aprobación del certificado final de obra.
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