El Senado y la Cámara de
Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º
Ratifícanse los Decretos 2874
y 2875 del 10 de
octubre de 1975.
ARTICULO 2º
Comuníquese, etc. - Luder - Sánchez Toranzo -
Arancivia Laborda - Rocamora. |